Cuando se traspasa la titularidad de un negocio o actividad (entre dos individuos o sociedades, entre una sociedad y un individuo…), es necesario comunicar a el Ayuntamiento dicho cambio.. Para ello, será necesaria la presentación en el Registro la documentación pertinente. .
Con el objeto de garantizar el ejercicio efectivo de la actividad por el nuevo titular y evitar eventuales perjuicios u obstáculos derivados de la actuación del anterior ejerciente, es conveniente antes de formalizar el traspaso, informarse en el Ayuntamiento sobre posibles expedientes disciplinarios o sancionadores (órdenes de demolición, ceses, precintos, clausuras…) que pudieran recaer sobre el local y que afecten al normal desarrollo de la actividad. Dicha información es gratuita.
Con el objeto de garantizar el ejercicio efectivo de la actividad por el nuevo titular y evitar eventuales perjuicios u obstáculos derivados de la actuación del anterior ejerciente, es conveniente antes de formalizar el traspaso, informarse en el Ayuntamiento sobre posibles expedientes disciplinarios o sancionadores (órdenes de demolición, ceses, precintos, clausuras…) que pudieran recaer sobre el local y que afecten al normal desarrollo de la actividad. Dicha información es gratuita.
Para realizar el cambio de titularidad normalmente se solicitara:
- Documento del Titular nuevo CIF o NIF
- Copia compulsada del documento público o privado que acredite la transmisión de la propiedad o posesión del inmueble, local o solar o en su defecto, documento que acredite el consentimiento del anterior titular de la licencia, comunicación previa o declaración responsable.
- Pago de Tasas.
El procedimeinto en el Ayuntamiento sera el siguiente:
- Solicitud de Cambio Titularidad presentada
- Consulta de antecedentes en Ayuntamiento
- Resolucion del expediente y notificacion a los interesados